A- de 2023
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Laverde Hurtado Fermin·Demandado Departamento De Boyaca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Tunja y el Juzgado Once Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que interpuso un ciudadano en contra del departamento de Boyacá, pretendiendo que se declarara la existencia de una relación laboral sin solución de continuidad entre las partes, así como la terminación sin justa causa y el pago de prestaciones sociales correspondientes.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión de los Autos 492 y 901 de 2021, en virtud de los cuales se estableció que, conforme al artículo 104 del CPACA la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer y decidir un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Once Administrativo del Circuito de Tunja, Boyacá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Tunja, Boyacá, y el Juzgado Once Administrativo del Circuito Judicial de Tunja, Boyacá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Once Administrativo del Circuito de Tunja, Boyacá, es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada por Fermín Laverde Hurtado en contra del Departamento de Boyacá.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3398 al Juzgado Once Administrativo del Circuito de Tunja, Boyacá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Tunja, Boyacá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.